Por este Ayuntamiento, con fecha 14 enero de 2022, se ha efectuado la consulta pública previa a la elaboración del proyecto de ORDENANZA REGULADORA DE LAS PRESTACIONES PATRIMONIALES DE CARÁCTER PÚBLICO NO TRIBUTARIO A ABONAR POR LOS USUARIOS DEL SERVICIO DE PISCINAS CLIMATIZADAS MUNICIPALES, conforme a lo previsto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre sobre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En virtud de lo previsto en el párrafo segundo del artículo 133 antes citado, por la presente se expone al público el texto del proyecto de la indicada Ordenanza durante un plazo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de este Anuncio en la página web municipal, con el objeto de dar audiencia a los ciudadanos afectados y recabar cuantas aportaciones adicionales puedan hacerse por otras personas o entidades.
Durante el plazo antes citado podrán presentar opiniones y sugerencias a través del correo electrónico comunicacion@villaresdelareina.es, del portal web del Ayuntamiento de Villares de la Reina (www.villaresdelareina.es), del Registro Municipal y de los puntos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre (los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
- a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.;
- b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca;
- c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero;
- d) En las oficinas de asistencia en materia de registros;
- e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes).
Las opiniones y sugerencias que puedan presentarse no tienen que ser necesariamente atendidas por esta Administración ni contestadas formalmente.
El anuncio puede consultarse en el siguiente enlace.
El proyecto de ordenanza puede consultarse en el siguiente enlace.