Visto el Reglamento Regulador de Huertos Urbanos Ecológicos de Villares de la Reina así como de las Bases Reguladoras para la concesión de autorizaciones para el uso de los Huertos Urbanos Ecológicos, aprobados en sesión plenaria celebrada en fecha 25 de octubre de 2021, con la finalidad de fomentar la utilización de diferentes parcelas de titularidad municipal para el uso de huertos de ocio y autoconsumo, siguiendo los principios de la Agricultura Ecológica y el respeto al medio ambiente.
Visto que en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP Nº 17) de 26 de Enero de 2022 se publicó el texto definitivo del citado Reglamento Regulador de Huertos Urbanos Ecológicos de Villares de la Reina así como las Bases Reguladoras para la concesión de autorizaciones para el uso de los Huertos Urbanos Ecológicos.
Visto que en el plazo de 20 días naturales para la presentación de solicitudes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7 del Reglamento y el Artículo 6 de las Bases, se han presentado, en el Registro General o a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Villares de la Reina, un total de 109 solicitudes.
Visto el Informe-Propuesta de Resolución Provisional sobre la admisión o exclusión de solicitudes de autorización de uso de los Huertos Urbanos Ecológicos formulado por la Técnico de Medio Ambiente, de fecha 22 de Enero de 2022.
Vista la Resolución de esta Alcaldía de 23 febrero de 2022 sobre aprobación provisional de las solicitudes de autorización de uso de los Huertos Urbanos Ecológicos admitidas y excluidas, publicada el día 24 de febrero de 2022.
Visto que en el plazo de diez (10) días hábiles concedido para la subsanación de errores no se han presentado alegaciones.
Comprobadas las solicitudes presentadas, los requisitos exigidos en el artículo 6 del Reglamento y Artículos 5 y 6 de las Bases, y emitida Propuesta Provisional de Resolución, esta Alcaldía, en virtud de las competencias conferidas por el artículo 21.1 s) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local,
Resuelve:
Primero: Aprobar la siguiente lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas, ordenadas las primeras de forma alfabética, proporcionando un número a cada uno de ellos según dicho orden, que será con el que participen en el sorteo.
Segundo.- Constituir, con las solicitudes admitidas definitivamente, el Registro de demandantes de Huertos Urbanos Ecológicos habilitado por este Ayuntamiento al efecto.
Tercero.- Publicar esta lista definitiva de admitidos y excluidos en la página web y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Villares de la Reina.
Cuarto.- Anunciar la celebración del sorteo en el día 16 de marzo a las 12:30 en el Ayuntamiento de Villares de la Reina, para la adjudicación de 40 parcelas.
Para la celebración del sorteo, según el Artículo 7 del Reglamento y el Artículo 6 de las Bases Reguladoras, se extraerán tantos números como solicitudes se hayan realizado, estableciendo el orden de adjudicación según el número extraído. Finalizado el sorteo, los solicitantes no adjudicatarios y aquellos que realicen nueva inscripción, pasarán a formar parte del Registro de Demandantes en reserva en el orden establecido.
Una vez realizado el sorteo, se publicará la lista de beneficiarios en la página web y en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Villares de la Reina. Posteriormente, se concede un plazo de quince (15) días naturales a contar desde el día siguiente de la publicación de dicha lista para presentar la documentación establecida en el Artículo 7 del Reglamento, como elemento de aceptación. Las parcelas de los Huertos Urbanos Ecológicos se irán adjudicando una vez transcurrido dicho plazo y habiéndose celebrado las charlas formativas de asistencia obligatoria sobre Agricultura Ecológica.