Con el objeto de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, y según lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre sobre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento (ordenanzas/reglamentos municipales) se sustanciará una consulta pública a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Este Anuncio de consulta previa está referido a la Ordenanza Fiscal reguladora de la ocupación de terrenos de uso público por mesas y sillas, puestos de venta, atracciones de feria y otras instalaciones con finalidad lucrativa, ya que haciendo uso de la potestad tributaria, atribuida a los municipios en el artículo 4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, esta Corporación, dentro de su programa y planificación normativa para el ejercicio 2021, prevé en el Plan Anual Normativo la aprobación de este tributo, a efectos de lo cual se hace necesario la aprobación de una ordenanza fiscal.

En cuanto a la aprobación de esta ordenanza fiscal, cuya imposición tributaria se acuerda por vez primera, es preciso señalar que su finalidad no será meramente recaudatoria, sino que lo que se pretende es otorgar a los demandantes de la ocupación del espacio público (hosteleros, feriantes, comerciantes, entre otros) de una mayor seguridad jurídica derivada de la contraprestación que los demandantes del espacio deban abonar por su uso; a su vez, para los vecinos de Villares de la Reina se busca una regulación que permita compensar en la ciudadanía las molestias ocasionales o permanentes que supone el uso privativo de un espacio público con finalidad lucrativa.

Forma y plazo de presentación de opiniones y sugerencias

En función de todo lo expuesto se realiza la presente consulta pública para que durante el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES (desde el 22 de julio hasta el 5 de agosto de 2021) contados a partir de la publicación del presente anuncio en la página web municipal , los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la aprobación de la Ordenanza Fiscal antes indicada puedan presentar opiniones y sugerencias a través de del correo electrónico comunicacion@villaresdelareina.es , del portal web del Ayuntamiento de Villares de la Reina (www.villaresdelareina.es), del Registro Municipal y de los puntos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre (los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:

  • a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
  • d) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes

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