Resolución Provisional de la Comisión de Valoración de Solicitudes de Concesión de Ayudas a familias en situación de dificultad económica como consecuencia del impacto económico provocado por la crisis sanitaria del covid-19 en el municipio de villares de la reina (salamanca)
Reunidos en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial el día 10 de diciembre de 2020, a las 14:00 horas, se constituye la Comisión de Valoración en atención a lo dispuesto en la Base 11 de las Bases Reguladoras, aprobadas en sesión plenaria celebrada en fecha 17 de septiembre de 2020, (B.O.P n.º 185, BDNS. Identif.: 525601), para la concesión de las AYUDAS A FAMILIAS EN SITUACIÓN DE DIFICULTAD ECONÓMICA COMO CONSECUENCIA DEL IMPACTO ECONÓMICO PROVOCADO POR LA CRISIS SANITARIA DEL COVID-19 EN EL MUNICIPIO DE VILLARES DE LA REINA (SALAMANCA).
Comprobada la válida constitución del órgano, la Comisión ha emitido Propuesta Provisional de Resolución, cuya relación de beneficiarios debe ser publicada en el Tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en el Portal web municipal donde puede consultarse en este enlace, otorgando un plazo de 3 días hábiles, desde el siguiente al de la publicación en el Tablón, para que los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen oportunas.
De no presentarse alegaciones, esta Resolución provisional se entenderá definitiva y se elevará al Sr. Alcalde, como órgano competente, quien determinará la aprobación del reconocimiento de la ayuda y la orden de pago correspondiente, cuyos beneficiarios serán notificados mediante publicación colectiva en el Tablón de Anuncios y en la web municipal.
Listado de ayudas desestimadas y concedidas en este enlace.
Este listado se publica conforme a la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales:
«1. Cuando sea necesaria la publicación de un acto administrativo que contuviese datos personales del afectado, se identificará al mismo mediante su nombre y apellidos, añadiendo cuatro cifras numéricas aleatorias del documento nacional de identidad, número de identidad de extranjero, pasaporte o documento equivalente. Cuando la publicación se refiera a una pluralidad de afectados estas cifras aleatorias deberán alternarse».
Todas las subvenciones deben publicarse conforme al Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas. En su artículo 7.5. dice:
«De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se publicarán, en los términos que en dicho artículo se expresan, las subvenciones concedidas. Cuando hayan de publicarse datos personales de los beneficiarios personas físicas, habrán de cumplirse en todo caso, los principios y la normativa de protección de datos, incluyendo la forma en que habrán de publicarse dichos datos personales identificadores del beneficiario. Los datos personales publicados serán exclusivamente los necesarios para el fin del tratamiento».
No se publicará los datos personales en aquellas ocasiones en que por su publicación pudiera deducirse cuando las personas se encuentre en situación de protección especial (víctimas de violencia de género y víctimas de terrorismo). Las subvenciones y ayudas públicas concedidas en convocatorias que por sus criterios de elegibilidad de beneficiarios pudieran mostrar información acerca de categorías especiales de datos personales (origen étnico o racial, opiniones políticas, convicciones religiosas o filosóficas, afiliación sindical, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientaciones sexuales de una persona física; situación de condenas y medidas de seguridad conexas).
Las subvenciones y ayudas públicas concedidas cuando la publicación de los datos del beneficiario en razón del objeto de la subvención pueda ser contraria al respeto y salvaguarda de honor, a la intimidad personal o familiar de las personas físicas en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 1/1982 y haya sido previsto en la normativa reguladora.