Hasta el 17 de junio y con el objeto de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, y según lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre sobre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento (ordenanzas/reglamentos municipales) se sustanciará una consulta pública a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Este Anuncio de consulta previa está referido al Reglamento de Agrupación local de voluntarios de Protección Civil, norma cuya aprobación se prevé en el Plan Anual Normativo de este Ayuntamiento para el año 2020.

Dicho servicio se articulará, atendiendo a la competencia municipal en esta materia, mediante la creación de una Agrupación Local de Voluntarios de Protección Civil, la cual se configura como una organización de carácter humanitario y altruista, que actúa de manera desinteresada y solidaria en beneficio de las personas, los bienes y el medio ambiente, desarrollando las labores propias de la protección civil. Tal y como determina el artículo 4 del Decreto 106/200, de 14 de octubre, por el que se crea el Registro del Voluntariado de Protección Civil de Castilla y León y se regula su funcionamiento, la Agrupación Local de Protección Civil estará coordinada orgánicamente desde el Ayuntamiento y para su existencia y funcionamiento se requiere acuerdo plenario de constitución legal de la Agrupación, así como la aprobación de su reglamento. En consecuencia, el fin de esta norma no es otro que canalizar la participación de los ciudadanos y el compromiso solidario de las personas voluntarias en favor de la sociedad en su conjunto, o de otras personas o grupos, mediante la participación directa en actividades de colaboración con los servicios municipales de asistencia ciudadana en el ámbito de la protección civil.

Forma y plazo de presentación de opiniones y sugerencias

En función de todo lo expuesto se realiza la presente consulta pública para que durante el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES, es decir, entre el 3 y el 17 de junio ambos inclusive, contados a partir de la publicación del presente anuncio en la página web municipal, los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la aprobación de este Reglamento puedan presentar opiniones y sugerencias a través de:

  • El correo electrónico: comunicacion@villaresdelareina.es,
  • Del portal web del Ayuntamiento de Villares de la Reina (www.villaresdelareina.es)
  • El Registro Municipal y de los puntos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre (los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
  • a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
  • d) En las oficinas de asistencia en materia de registros; e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes). Documento firmado electrónicamente.