Desde el 12 hasta el 25 de marzo, ambos inclusive, se abre un periodo de consultas, sugerencias y opiniones sobre la Ordenanza de Convivencia Ciudadana.
Con el objeto de mejorar la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas, y según lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre sobre Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento (ordenanzas/reglamentos municipales) se sustanciará una consulta pública a través del portal web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa, la necesidad y oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Este Anuncio de consulta previa está referido a la Ordenanza de Convivencia Ciudadana, que fue aprobada en sesión de 10 de agosto de 2007 y publicado en el BOP de 21 de noviembre de 2007. La Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local en su artículo 4.1.a) hace corresponder a los municipios las potestades reglamentarias y de organización. En los casi trece años transcurridos desde su aprobación, algunos usos y costumbres sociales han cambiado, incrementado la sensibilización hacia el cuidado del medioambiente, los modos de ocio o la participación ciudadana, entre otros aspectos. La actual Corporación considera que con la aprobación de esta norma se pretende adaptarse a los nuevos comportamientos sociales y adecuar la normativa a las demandas ciudadanas de convivencia, como pueden ser las terrazas de los locales de hostelería o la atención al cuidado de animales y retirada de excrementos de estos de la vía pública.
En definitiva, según el Acuerdo de Pleno del día 20 de diciembre de 2019 por el que se aprueba el Plan Anual Normativo de este Ayuntamiento para el año 2020, se prevé que en el presente año se proceda a la modificación de la Ordenanza municipal de convivencia ciudadana.
Forma y plazo de presentación de opiniones y sugerencias En función de todo lo expuesto se realiza la presente consulta pública para que durante el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir de la publicación del presente anuncio en la página web municipal, los sujetos y organizaciones más representativas potencialmente afectados por la aprobación de esta Ordenanza puedan presentar opiniones y sugerencias a través de del correo electrónico comunicacion@villaresdelareina.es, del portal web del Ayuntamiento de Villares de la Reina (www.villaresdelareina.es), del Registro Municipal y de los puntos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre (los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse:
- a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1.;
- b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca;
- c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero;
- d) En las oficinas de asistencia en materia de registros;
- e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes).